Plan de Centro

La LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía establece en su

Artículo 126. El Plan de Centro.

1. El proyecto educativo, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión constituyen el Plan de Centro.

2. La Consejería competente en materia de educación establecerá el marco general que permita a los centros docentes sostenidos con fondos públicos elaborar su Plan de Centro, que tendrá un carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a la comunidad educativa del mismo.

3. El Plan de Centro será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía en general.

Plan de Centro

Índice🔗
I. Proyecto Educativo 🔗
I.1 Evaluación 🔗
I.2 Plan de Convivencia 🔗
I.3 Plan de Orientación y Acción Tutorial 🔗
I.4 Planes Estratégicos 🔗
I.5 Decisiones con motivo del Covid-19 🔗
II Reglamento de Organización y Funcionamiento 🔗
III Proyecto de Gestión 🔗